La denuncia de violación en Málaga que un juzgado archivó, refleja la indefensión y vulnerabilidad de las mujeres en España ante las agresiones sexuales. Las que denuncian corren el riesgo de que sus agresores no reciban condena de la justicia por el crimen cometido, ni que se les aplique correctamente el protocolo de atención para estos casos. España incumple con los tratados internacionales que ha firmado y ratificado en materia de violencia sexual de género
Cadena de deficiencias estructurales
Diferentes estudios y estadísticas globales coinciden en que el número de agresiones sexuales denunciadas es mucho menor que el de las no reportadas a las autoridades. Desde Fundación Aspacia señalan que sólo se denuncia un 20% de las agresiones sexuales. En España, en 2013, se denunciaron al menos 1.298 violaciones (agresión sexual con penetración) y otras 1.807 agresiones sexuales. Hubo un incremento de las denuncias de violación de 1,4% con relación al 2012 (1.280 denuncias) (7).
– La cadena de deficiencias estructurales del Estado español incluye también a las estadísticas. El único dato que conocemos públicamente es el de las denuncias pero no se han realizado estudios ni investigaciones a nivel estatal de violencia sexual de género fuera del marco de la pareja. Tampoco existen datos reales de mujeres y niñas violadas y víctimas de otras agresiones sexuales. Ni conocemos informes del Poder Judicial sobre el porcentaje de condenas de violaciones y otras agresiones sexuales, ni el porcentaje de casos instruidos que juezas y jueces archivan sin investigar lo suficiente como sucedió con en el caso paradigmático de Málaga.
– Falta de centros de atención para víctimas de violencia sexual. España no cumple con los estándares recomendados por el Consejo de Europa, un centro de crisis para víctimas de violencia sexual por cada 200 mil habitantes (8). Sólo existen 27 centros en todo el territorio, algunos de ellos coordinados por organizaciones no gubernamentales.
– No existe un Plan de Alcance Estatal de atención integral a víctimas de violencia sexual de género debido a que las competencias están transferidas a cada una de las Comunidades Autónomas. Con esta situación, los recursos especializados de atención a las víctimas no están garantizados en todo el territorio español (9).
– Ausencia de campañas publicitarias de prevención de la violencia sexual dirigidas a toda la población. En más de una década ninguno de los dos partidos políticos que han gobernado, PP y PSOE, han invertido recursos en esta forma de sensibilización, a través de los grandes medios de comunicación. Tampoco se aplica sanción alguna a los medios de comunicación que revictimizan a las mujeres agredidas o hacen una apología de la violación contribuyendo así a que la violación siga siendo un crimen normalizado por la sociedad española del siglo XXI.
– La prevención de la violencia sexual no forma parte del ámbito escolar en ninguno de los niveles de estudio. Expertos y estudios coinciden en el papel crucial que ejerce la educación en la prevención. Sin embargo el Estado español no ha implantado nunca hasta ahora medidas de prevención de violencia sexual desde el área de educación.
Desprotección absoluta de las migrantes “sin papeles” que denuncian una violación
El informe Violadas y Expulsadas, elaborado por la Fundación Aspacia, recoge testimonios de migrantes en situación irregular -sin papeles- que sufrieron agresiones sexuales y denunciaron el delito. Los casos visibilizan la violencia institucional que padecieron estas mujeres y el riesgo y la vulnerabilidad de este colectivo. Aspacia, en su aporte al Informe Sombra, señala:
“A pesar de contar con una Ley Integral específica en violencia de género (1/2004), las migrantes víctimas de violencia sexual fuera del entorno de la pareja o expareja, quedan desprotegidas por la legislación de extranjería en vigor. La Ley Orgánica 2/2009 –de Extranjería- genera una situación de discriminación directa derivada de la propia ley. Como consecuencia, las mujeres migrantes víctimas de violencia sexual de género en situación administrativa irregular se exponen a la expulsión en caso de denunciar, quedando en una situación de desprotección absoluta, que de forma indirecta implica la discriminación de las mujeres migrantes, por el miedo a que ante la denuncia se les pueda abrir un expediente de expulsión”.
El modelo de Estado patriarcal se ensaña siempre con las más débiles en la cultura de la impunidad. ¿Cuántas de las migrantes sin papeles que tienen la desgracia de sufrir una agresión sexual dejaran de denunciar por temor a ser expulsadas? Al final de este reportaje incluyo el caso espeluznante de una persona que por su condición de mujer, extranjera, sin papeles y pobre, sufrió reiteradas violaciones de derechos humanos por parte del Estado español. El “caso Olga” es uno de los que presentará en el Informe Sombra ante Naciones Unidas.
Por último, cuando la mayoría de las violaciones quedan impunes, ya sea porque la justicia absuelve a los violadores, o las víctimas, debido a las dificultades que tienen para acceder a la justicia, no las denuncian, las mujeres estamos frente a una fractura del Estado de derecho. No sólo queda clara la situación de desigualdad estructural de las mujeres frente a los hombres, sino también que la violación es un privilegio masculino del que los hombres hacen uso y disfrute con la complicidad del Estado. Así, la cultura de la violación tiene la posibilidad de retroalimentarse a través del mito patriarcal: “los hombres tienen el derecho de disponer del cuerpo de las mujeres cuando ellos lo deseen, con o sin el consentimiento de ellas”.
“Anexo i.a: Caso Olga. Discriminación contra sectores especialmente desprotegidos: Mujeres inmigrantes
Olga es una mujer rusa de 53 años de edad que llegó a España en 2007 buscando un cambio en su vida después de sufrir durante años maltrato de su marido, del que enviudó hace 17 años. Actualmente tiene dos hijas de 30 y 28 años y dos nietos en su país.
Llegó a España gracias al contacto de una conocida y trabajó los primeros meses como empleada del hogar sin apenas salario ni días de descanso. Años más tarde encontró trabajo como ayudante de cocina en una ciudad del sur de España bajo la promesa de regularización de su residencia. Pero tras dos años empleada en situación irregular, trabajando 10 horas diarias por 300 euros mensuales, sin días de descanso y, al comprobar que el compromiso de regularización no se producía, acudió a la policía a denunciar su situación. Los agentes policiales a los que se dirigió, lejos de protegerla, procedieron a incoarle un expediente de expulsión y a retener su pasaporte, facilitándole una fotocopia del mismo. Al no tener el documento original Olga no pudo renovar su pasaporte, que caducó en 2012. A raíz de ese procedimiento sancionador de extranjería, Olga tiene una orden de expulsión vigente desde julio de 2010.
En 2010 Olga se trasladó a vivir a Galicia donde encontró trabajo como cuidadora interna de un señor con un trastorno neuronal severo por 750 u 800 euros al mes, bajo la promesa de su empleadora de contrato de trabajo y regularización de su situación de extranjería. La promesa nunca se cumplió y Olga apenas recibía remuneración, motivo por el que tuvo que complementar su trabajo con otros sectores de la economía informal y durante meses dependió de la ayuda de su pareja, un hombre español que también le apoyaba económicamente.
Una noche del mes de marzo de 2013, cuando Olga regresaba sola a su casa, fue asaltada por dos hombres encapuchados que, a punta de pistola, la obligaron a subir a un monte cercano y bajo la amenaza de matarla si no se quitaba la ropa, la golpearon, la tiraron al suelo y le introdujeron en la vagina frutos vegetales, mientras le alumbraban a los ojos con una linterna. Tras la agresión, los dos hombres huyeron y Olga quedó en el monte, desnuda, aturdida y cegada por la linterna. Palpando encontró el teléfono móvil con el que llamó a su pareja, quien llamó a la ambulancia y a la policía.
Olga llegó al hospital en ambulancia y allí fue atendida por profesionales del servicio de urgencias y psiquiatría, quienes enviaron un parte médico al juzgado denunciando la violación. En el hospital, por su parte, Olga formuló una extensa declaración ante la Guardia Civil encargada de investigar el caso, a través de la cual denunciaba la agresión sexual. A pesar de lo cual, el juzgado al que llegaron ambas denuncias nunca llamó a declarar a Olga y archivó el caso sin practicar ninguna prueba. La fiscalía se mostró conforme con el archivo de ambos procedimientos y avaló la actuación judicial.
Dos semanas después de la agresión, los agentes de la Guardia Civil que le tomaron declaración en el hospital, fueron a buscar a Olga y la trasladaron a la comisaría, sin comunicarle que quedaba detenida. Después de tomarle fotos, huellas, le comunicaron que creían que ella había inventado la agresión sexual para conseguir los “papeles” y que quedaba detenida como imputada por un delito de “simulación de delito”.
Olga fue trasladada a un juzgado de guardia, aún con las secuelas de la agresión visibles en su rostro (como queda acreditado por el parte de lesiones), pese a lo cual el juez procedió a interrogarla como “detenida”, mientras la fiscalía no realizó ninguna observación. Fue puesta en libertad con cargos.
Al día siguiente, mientras Olga se encontraba en un bar con su pareja, fue detenida por dos agentes de la Policía Nacional por su situación de residencia irregular. Nuevamente, los agentes le tomaron huellas, le hicieron fotos y la cachearon. Esa noche durmió en el calabozo.
A la mañana siguiente, el mismo juzgado que había archivado la denuncia por violación acordó el ingreso de Olga en el Centro de Internamiento para Extranjeros/as (CIE) de Madrid para su posterior expulsión a Rusia. La fiscalía se mostró de acuerdo con esta decisión.
Olga permaneció internada durante 48 días en el CIE de Madrid, período que describió como de gran sufrimiento, que logró soportar por elevada dosis de tranquilizantes que le fue prescrita por el médico del centro. En mayo de 2013 fue puesta en libertad debido a que, al tener caducado el pasaporte, las autoridades rusas no autorizaron su devolución.
En julio de 2013 Olga realizó gestiones para renovar su pasaporte y poder iniciar la regularización por pareja de un ciudadano español. Pero sólo 5 meses después del internamiento, el 3 de diciembre de 2013, la Guardia Civil volvió a detenerla para su expulsión en 24 horas. Olga permaneció incomunicada en los calabozos de la ciudad donde residía a la espera de su expulsión y únicamente le fueron concedidos unos pocos minutos para despedirse de su pareja.
El día 3 de diciembre, a instancias de la Fundación para la Convivencia Aspacia, que le envía toda la documentación sobre el caso, la Defensora del Pueblo decide mediar ante las autoridades de extranjería del Gobierno español. Se logra paralizar la expulsión de Olga.
Al cierre de este Informe Sombra, en abril de 2014, Olga sigue imputada por “simulación de delito”. Se mantiene vigente la orden de expulsión. Olga debe acudir semanalmente a la comisaría donde fue detenida y desconoce cuándo tendrá que dejar de hacerlo. Continúa indocumentada y ninguna institución pública, organismo judicial o policial ha iniciado procedimiento alguno dirigido a investigar la agresión sexual sufrida por ella en el mes de marzo de 2013”. (10).
Importante: si formas parte de alguna organización o colectivo ciudadano a favor de los derechos de las mujeres, puedes adherirte y firmar el Informe Sombra de España 2008-2013 aquí. Recuerda que tu apoyo es muy importante para que España cumpla con la CEDAW y nuestras demandas sean atendidas por el Estado español. También agradecemos la difusión del Informe.
España, Madrid – La violencia institucional no termina en la falta de acceso de las mujeres a la justicia y en que los agresores sexuales queden en libertad y puedan volver a cometer el crimen, en España no hay campañas de sensibilización a nivel estatal sobre violencia sexual de género ni políticas de prevención, ni se ha incorporado el tema en el ámbito escolar. Solo nueve de las 17 Comunidades Autónomas disponen de recursos específicos para víctimas de violencia sexual: Andalucía, Madrid, Extremadura, Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla y León, Cataluña y Valencia (1). Tampoco existen estudios e informes oficiales que nos permitan dimensionar la gravedad del problema.
Un documento elaborado por la Plataforma Informe Sombra CEDAW España y apoyado por más de 250 organizaciones y colectivos de la sociedad civil denunciará esta situación en Naciones Unidas a mediados de 2015, cuando España sea examinada por el Comité de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Mujeres (CEDAW por sus siglas en inglés). Las fuentes de dicho documento (2), con datos, estudios y otros informes aportados por asociaciones de mujeres, de derechos humanos y de cooperación, confirman las graves falencias institucionales en el sistema judicial y en la prevención de la violencia sexual. Se trata de un problema estructural que existía antes de que estallara la crisis económica y del que ni los gobiernos del PP ni del PSOE se han ocupado en profundidad.
La impunidad sostiene y alimenta la cultura de la violación y una de las caras de esa impunidad está representada en las instituciones del Estado. La denuncia de violación en Málaga archivada por la justicia es paradigmática en el contexto de la cultura de la impunidad. Veamos por qué.
Violaciones impunes y magistrados sin formación especializada
¿Habría terminado archivada la denuncia si la jueza hubiese tenido la preparación profesional suficiente para instruir un caso tan complejo? No. Una de las grandes falencias de la justicia en España es la falta de especialización de jueces y juezas en violencia de género. Lo vienen denunciando ONG y asociaciones de mujeres desde hace varios años con relación a la Ley Integral de Violencia de Género (que sólo se aplica cuando la violencia sexual de género se manifiesta en la pareja o expareja). Vale preguntarse: ¿los requisitos de acceso a las plazas de los juzgados penales y las secciones de las audiencias provinciales específicas, incluyen formación especializada obligatoria sobre violencia de género? No.
El déficit de formación en el ámbito judicial no fue atendido por ninguno de los dos gobiernos estatales. El Comité de la CEDAW en su informe de 2009 (3) recomendó al Estado español “que se amplíen las actividades y los programas de capacitación para los magistrados, los funcionarios públicos y agentes del orden, a fin de que, sensibilizados de todas las formas de violencia contra la mujer, puedan proporcionar apoyo adecuado a las víctimas”.Gobiernos del PSOE y el PP no siguieron esta recomendación y continúa sin cumplirse hasta hoy. La capacidad para actuar profesionalmente frente a la violencia de género por parte de las y los jueces depende en gran medida del interés y el compromiso individual de cada uno o una. Desde un principio, la joven de Málaga: ¿tuvo garantizado el acceso a la justicia? No.
La violación es un crimen sexual y un delito difícil de probar. Cuando la culpabilidad del agresor recae sobre las pruebas que pueda demostrar la víctima y esas pruebas son obstaculizadas o imposibilitadas por la justicia, la denuncia de violación se convierte en un mecanismo de reforzamiento de la impunidad del agresor, que lo invita a que vuelva a cometer el delito. Por otro lado, la impunidad incita a que todos los miembros de la sociedad proclives a cometer este tipo de crimen, hombres en su inmensa mayoría, se atrevan a consumarlo sellando el efecto disparado por el terrorismo machista (algunas mujeres son violadas pero el mensaje de miedo y control es para todas).
La falta de acceso a la protección y a la justicia provocan una revictimización de la víctima (muchas se culpabilizan a sí mismas por el crimen); la denuncia y proceso penal que dejan impune al agresor sexual se convierten en una experiencia traumática para la mujer, con un impacto emocional que requerirá un largo período de recuperación. La ausencia de reparación por parte de la justicia y de falta de castigo del agresor, generan en la víctima una sensación de impotencia y frustración, y un abanico de consecuencias que van desde el estrés postraumático hasta la pérdida del trabajo y problemas familiares, entre otros. Un informe de Amnistía Internacional de 2012 (4) analizó la aplicación de justicia en el marco de la Ley Integral de Violencia de Género y concluyó: “los casos documentados (en dicho informe) representan graves faltas de diligencia por parte de la Administración de justicia. Todas estas mujeres y niñas han encontrado procedimientos judiciales no adaptados a sus necesidades, con trabas que les han impedido la obtención de justicia y que no han facilitado la justa resolución de los casos”. La organización apuntó entre sus conclusiones a las consecuencias de esa ausencia de justicia: “Impactos adversos en el proceso de recuperación de las víctimas; pérdida de confianza y búsqueda de protección al margen del sistema judicial; mayor poder de los agresores y repetición de los abusos; consolidación de malas prácticas profesionales”.
Tanto el derecho internacional como el derecho español establecen la responsabilidad de los tribunales nacionales en la persecución de las violaciones de derechos humanos asociadas a la violencia de género. El principio de la “debida diligencia” obliga al Estado aprevenir, investigar, castigar, proteger y reparar a las víctimas directas e indirectas de la violencia de género en todas las formas que abarque. Otra de las denuncias frecuentes de las asociaciones de mujeres es que el Estado español no actúa con debida diligencia ante casos de violencia de género. ¿Cumple España con las recomendaciones de los tratados internacionales de violencia de género que ha firmado y ratificado (5)? No.
La violación también es violencia de género
Otro de los mitos alimentados por la cultura de la violación y la cultura de la impunidad es considerar la violación como un hecho criminal puntual. Los medios de comunicación y distintos ámbitos académicos, no sitúan a las agresiones sexuales como un tipo de violencia específica de la violencia de género y le dan un tratamiento diferenciado. Esto no ayuda a cambiar la percepción social mayoritaria en España que reduce la violencia de género al ámbito de la pareja -tal como la define la Ley Integral de Violencia de Género-. La naturalización de dicha violencia impide ver que ésta se manifiesta de manera sistemática, como un continuo que afecta a todas las mujeres desde su subordinación social y a todos los hombres desde su posición de dominación en el patriarcado.
Las agresiones sexuales forman parte de lo que la Organización Mundial de la Salud definió como violencia sexual de género. Según la Fundación para la convivencia Aspacia por su experiencia en la materia -prevención, sensibilización y atención a víctimas-, la definición debe tener en cuenta “las diferentes formas de violencia (acoso, abuso y agresión sexual) independientemente del tipo de coerción, lo que incluye intimidación y violencia física, o violencia no física. No sólo se consideran como tal los actos que impliquen contacto físico, también las mutilaciones, los tocamientos, las amenazas sexuales o la desnudez forzada, entre otros”. Dentro de esa clasificación, la violación es la forma más extrema de la violencia sexual de género.
La violación no sólo no es reconocida socialmente como una de la formas extremas de la violencia de género, tampoco el Estado español contabiliza las violaciones a manos de uno o varios desconocidos de la víctima que culminan en asesinatos. Esos crímenes, que en nuestra base de datos clasificamos como “feminicidios no íntimos”, no forman parte de las cifras oficiales de víctimas mortales de violencia de género. El Informe Sombra de la Plataforma CEDAW también advierte:
“El Estado español sólo ha considerado como violencia de género a la ejercida contra las mujeres en las relaciones de pareja o expareja, produciéndose una cierta desatención hacia otras violencias como la sexual, los feminicidios cometidos fuera de las relaciones de pareja, o las prácticas perjudiciales (mutilación genital, matrimonio forzado”. Por lo que se refiere a la violencia sexual fuera del entorno de la pareja o expareja (abuso, acoso y agresión), la misma ha experimentado un incremento según los datos del Ministerio del Interior, sin bien no se aborda a través de legislación específica, ni de políticas públicas o planes de acción” (6).
(1) El dato fue tomado del informe Violadas y expulsadas. Entre el miedo y la desprotección: mujeres migrantes en situación irregular frente a la violencia sexual en España. Fundación Aspacia, Madrid, 2013. Dicho dato se incorporó al Informe Sombra.
(2) Informe Sombra 2008-2013 sobre la aplicación en España de la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las mujeres, España, 2013.
(3) Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, 44º período de sesiones, Naciones Unidas, CEDAW, 20 de julio a 7 de agosto de 2009.
(4) ¿Qué justicia especializada? A siete años de la Ley Integral contra la Violencia de Género: Obstáculos al acceso y obtención de justicia y protección, Informe de Amnistía Internacional, España, 2012.
(5) España ha firmado y ratificado casi todos los tratados internacionales de violencia de género, el último de ellos, la Convención del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, que entró en vigor el 1 de agosto de este año: http://www.msssi.gob.es/ssi/igualdadOportunidades/internacional/consejoeu/CAHVIO.pdf
(6) Informe Sombra 2008-2013, en: “1. Persistencia de Discriminación y carencia de medios en la lucha contra todas las formas de violencia de género”.
(7) Balance de la criminalidad 2013, Ministerio de Interior, Secretaría de Estado de Seguridad, España, 2014: http://ep00.epimg.net/descargables/2014/01/29/399c3f951bc5004b31fac17a009b18b0.pdf
(8) y (9) “3.1.1. Necesidad de una política pública estatal frente a la violencia sexual”, en Violadas y Expulsadas. Entre el miedo y la desprotección: mujeres migrantes en situación irregular frente a la violencia sexual en España. Fundación Aspacia, Madrid, 2013.
(10) Informe Sombra 2008-2013, en: “Anexo i: Casos de violencia de género / discriminación sectores desprotegidos.