Abolir la prostitución (II): las palabras y los hechos

“Un compromiso que llevaré a término: avanzaremos aboliendo la prostitución que esclaviza a las mujeres en nuestro país”. Esto dijo el presidente del Gobierno en octubre, en el último congreso de su partido. Después del énfasis y de los aplausos de los suyos a Pedro Sánchez, ¿de qué hablamos cuando hablamos de “abolir la prostitución”? ¿Prepara el Gobierno una legislación en términos asimilables a los que reclaman las abolicionistas? En enero, el Ejecutivo concretaba el marco de la promesa en una futura ley de trata. Tras consultar la posición de diferentes representantes en la Comisión de Igualdad del Congreso, en esta segunda parte repasamos algunos hechos de lo que hemos llamado, como el clásico de Greer, “la carrera de obstáculos”.
Por Ana de Blas

 

1) El modelo real

El “modelo nórdico” o modelo legal abolicionista ya existe en nuestro entorno. Está vigente en países como Suecia, Noruega, Islandia o Francia; y es defendido desde el principio de igualdad entre los sexos, la sociología, el derecho, la psicología del trauma, el trabajo social o las voces de las supervivientes. En síntesis, los ejes de una política abolicionista pasan por la consideración de la prostitución como una forma de violencia sexual y un vector de desigualdad entre mujeres y hombres, contra cuya demanda se puede y se debe luchar. Implica la despenalización y servicios integrales de apoyo y salida a las víctimas, la persecución de proxenetas y la sanción a demandantes de prostitución.

2) El proyecto abolicionista

A través de la Plataforma de organizaciones de mujeres para la Abolición de la Prostitución (PAP), organizaciones feministas de nuestro país han articulado sus reclamaciones en el texto de la propuesta de Ley Orgánica Abolicionista del Sistema Prostitucional (LOASP), presentada públicamente en noviembre de 2020. Sus representantes se reunieron en diciembre de ese año con la Ministra de Igualdad, Irene Montero, sin haber conseguido más avances al respecto. “Creo que (los partidos políticos) se van a limitar al tema de la trata. Abordar estas políticas públicas solo en relación a la trata es insuficiente, porque actúa sobre los efectos perniciosos de la explotación sexual de las mujeres, pero no sobre la causalidad”, explicaba Charo Carracedo, portavoz de la PAP, a geoviolenciasexual.com.

3) Acuerdo de legislatura: ley de trata

La única legislación abolicionista española le corresponde a la II República. Desde 1978 no ha habido un proyecto de ley abolicionista de la prostitución en las Cortes. En el año 2003 se llegó a constituir una Comisión Especial sobre la Prostitución en el Senado, que se disolvió sin emitir recomendaciones. En el acuerdo de legislatura entre el PSOE y Unidas Podemos se reconoce el déficit de derechos humanos del Estado: “nuestro país es uno de los países de tránsito y destino de muchas de estas mujeres y niñas que son obligadas a ejercer la prostitución”, si bien lo firmado se limita a “una Ley Integral contra la Trata de mujeres con fines de explotación sexual”. No hay mención a la sanción a la demanda ni un enfoque abolicionista del sistema prostitucional.

4) Desacuerdo en la ley de libertad sexual

La falta de acuerdo entre los socios de la coalición en las enmiendas sobre prostitución al proyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual –la llamada “ley del sí es sí”, en trámite parlamentario– es indicativa de ese camino difícil. Algunos de los aspectos incluidos en esas enmiendas podrían pasar al nuevo texto de la ley contra la trata, como la penalización de la tercería locativa –locales cuyos dueños se lucran con la prostitución–, una figura que fue eliminada del Código Penal en 1995, bajo Gobierno socialista y con los votos a favor de todo el hemiciclo, con la abstención de los populares. Las reformas del Código Penal de los años 2010 y 2015 introdujeron mayor protección a los menores y persecución de la explotación de la prostitución ajena. En la actualidad, tanto En Comú Podem como el Partido Nacionalista Vasco se posicionaron en contra de incluir esta penalización en la ley.

5) La ley de trata se retrasa

El borrador de ley contra la trata, que había sido anunciado para enero de 2022, se retrasa mientras negocian los socios de gobierno y los grupos parlamentarios. Es en el marco de esa norma, prevista en el Plan Normativo Anual (PAN), donde el Gobierno manifiesta querer incluir el objetivo abolicionista. El documento no menciona la abolición de la prostitución, su definición como violencia machista, ni habla del régimen de sanciones (pág. 122):

“LEY ORGÁNICA DE ACCIÓN INTEGRAL CONTRA LA TRATA DE SERES HUMANOS Y DE PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS

Objetivo: Esta ley pretende abordar de forma integral y multidisciplinar la trata de seres humanos, en todas sus finalidades, especialmente la trata con fines de explotación sexual, una grave violación de los derechos humanos, que afecta de forma desproporcionada a mujeres y niñas, cumpliendo así los compromisos internacionales asumidos por España desde la ratificación en 2003 del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas especialmente mujeres, niñas y niños (Protocolo de Palermo). Esta ley englobará las diferentes medidas para combatir la trata, para la protección de las víctimas y la promoción de sus derechos, garantizando una acción centrada en la víctima. La norma se abordará tomando en consideración el fuerte componente de género en relación a explotación con fines de explotación sexual donde se calcula que más del 95% de las víctimas son mujeres y niñas. Asimismo, se deberá abordar especialmente la situación de las personas que, por sus circunstancias individuales, tengan una situación de mayor vulnerabilidad frente a la trata.

 

6) El plan marco

Según la información del Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO), en 2020 se realizaron 1.252 inspecciones en lugares de ejercicio de la prostitución. Entre 2016 y 2020 se identificaron 44.117 personas en situación de riesgo vinculado a la trata sexual, en su inmensa mayoría de sexo femenino, y la tendencia es que las víctimas sean más jóvenes. El Plan Estratégico Nacional contra la Trata y la Explotación de Seres Humanos 2021-2023 (PENTRA), presentado el 12 de enero por el Ministerio del Interior, recoge en su marco general (pág. 9):

“La trata de seres humanos -delito antecedente- abarca todos los supuestos de explotación conocidos -delito final- que impliquen la imposición de un trabajo o servicio forzado, la esclavitud, la servidumbre o prácticas análogas a la esclavitud que se manifiestan en cada momento en distintas áreas o actividades humanas cambiantes y en constante evolución: prostitución, pornografía, comisión de delitos, mendicidad, extracción de órganos, matrimonios forzados, utilización de menores en fuerzas armadas, adopciones ilegales, gestación por subrogación, etc.”

 

Este documento abarca la trata en todas sus tipologías, tanto aquella cuyo fin es la explotación sexual como la que sirve a la explotación laboral u otras, y se hace eco de las recomendaciones del último informe de evaluación a España del Grupo de Expertos en la Lucha contra la Trata de Personas (GRETA) del Consejo de Europa. Según Interior, es el marco de referencia trianual para la elaboración de planes sobre aspectos específicos, como la trata sexual. En él se reconoce que la trata “se ha convertido en una de las actividades criminales más rentables en nuestro país, especialmente por sus vinculaciones con la explotación sexual”. Acerca de las víctimas, señala (pág. 27):

“En el ámbito de la trata sexual, y paralelamente a lo que se ha descrito a nivel mundial, las mujeres y niñas sufren de manera desproporcionada esta finalidad; el 93% del total de las víctimas era de sexo femenino. 

Las cifras además avalan el paulatino descenso en su edad media, siendo la franja de edad más representativa la comprendida entre los 18 y los 33 años, con más del 70% del total de víctimas. El abuso de situación de necesidad o vulnerabilidad de la víctima se ha consolidado en los últimos años como el medio comisivo más frecuente en la trata sexual, llegando a alcanzar en 2020 al 75% de las víctimas. El engaño, ya sea en el tipo de actividad a realizar o en las condiciones de la misma, representó entre 2017 y 2020 un 45% de los casos, alcanzando en este último año el 42% del total.”

 

Sin una reforma legal específica contra la prostitución, el plan no puede ir más allá de la trata, aunque sí recoge en su objetivo general este enunciado (págs. 32-33):

“Entendiendo que en la demanda de los servicios de las víctimas de la trata de personas se encuentra una de las raíces del problema, se deben abordar de manera inmediata aquellas actuaciones que permitan su criminalización, todo ello en línea con los instrumentos jurídicos internacionales vinculantes para España.”

 

El plan estratégico se articula en cinco objetivos que abren dieciséis líneas de acción. Esas prioridades son: 1) la detección y prevención de la trata de seres humanos, 2) las acciones en atención a las víctimas, 3) la persecución del delito, 4) la cooperación y coordinación entre las instituciones, y 5) la mejora del conocimiento sobre la trata de seres humanos, en la que establece la figura de una Relatoría Nacional contra la Trata de Seres Humanos. ¿Qué hay de la demanda? El plan habla de “desincentivar la demanda de servicios de víctimas de trata y explotación” (línea 1.3). Así, la medida 1.3.C establece (pág. 35):

“Impulsar las modificaciones legislativas necesarias para acabar con la demanda de todos los servicios de víctimas de trata y de explotación de personas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 de Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos y el artículo 18.4 de la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de abril de 2011 relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas.”

 

La “mejora de la respuesta legislativa” (línea 3.1) se recoge respecto a la persecución del delito. La medida 3.1.A habla de “postulados abolicionistas” (pág. 38):

“Impulsar una reforma del Código Penal de los delitos de prostitución y corrupción de menores que contemple la persecución de todas las manifestaciones del proxenetismo propio, impropio o asimilado siguiendo los postulados abolicionistas recogidos por el Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena, de 21 de marzo de 1950 y al que España se adhirió el 16 de septiembre de 1962.”

La ministra de Igualdad, Irene Montero, comparece en la Comisión de Igualdad. Octubre de 2021.
La ministra de Igualdad, Irene Montero, comparece en la Comisión de Igualdad. Octubre de 2021.

7) “Resolver el debate”

Sea como fuere el proyecto de ley de trata que negocia el Gobierno y que entrará en las Cortes, el encaje jurídico, como ha manifestado Carmen Calvo –la actual presidenta de la Comisión de Igualdad ha reiterado su propósito abolicionista– será complicado y requiere al menos la movilización de recursos en atención a las víctimas, la formación de los agentes implicados y la persecución del delito, además de abordar la legislación de extranjería o aspectos de derecho internacional.

Si desde el movimiento asociativo feminista se reclama la abolición, en España los apoyos de otras instituciones son contados. El PSOE y UGT se declaran abolicionistas, como también Izquierda Unida y la última posición de CCOO Confederal camina en ese sentido, según informan fuentes del sindicato. En noviembre pasado, la ministra de Igualdad, Irene Montero, descartaba la utilidad de las multas a los puteros para luchar contra la prostitución. En una entrevista reciente en la televisión catalana, Montero habló de luchar contra el proxenetismo –figura que ya está penada en nuestro ordenamiento–, puso el foco en la situación de extranjería de muchas de las víctimas y sostuvo que ni al Gobierno ni a ella les corresponde “resolver el debate”.

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